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¿QUEREMOS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS PRIVADAS?

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Por Ileana Díaz Hernández ()
La Habana.- Un país tiene mipymes como parte del proceso de formación y desarrollo del tejido empresarial, que permite las sinergias para hacerlas más competitivas. Pero para ello es necesario que existan condiciones que faciliten el crecimiento del tejido y el mejor desempeño de sus actores.
Sin embargo, las nuevas normas muestran la intención de frenar nuevas mipymes, por qué afirmamos esto: (artículo 17.1) «el objeto social de la mipymes se aprueba mediante un proyecto…». Por supuesto que el objeto de un negocio surge de su modelo de negocio.  ¿pero tiene sentido presentar un proyecto para que administrativamente un funcionario lo apruebe?
Más adelante plantea: «…las actividades secundarias deben tener afinidad y no pueden ir en detrimento del principal y estarán en correspondencia con el negocio». ¿Qué significa afinidad y no ir en detrimento del principal? ¿Cómo puede alguien ajeno al negocio determinar si una actividad se corresponde o no con la propuesta?
Si propongo un taller de reparación de autos como principal, será que tener un objeto de Gastronomía como secundario no tiene afinidad? Pudiera verse no afín y sin embargo, tiene lógica.
Como este ejemplo puede haber muchos más, la creatividad en el mundo de los negocios es muy amplia y no debe ser restringida por patrones administrativos de control y restricción.
Bien por su aprobación a nivel local, pero por qué tantas acotaciones respecto a la correspondencia con la estrategia de desarrollo local, solucionen necesidades del municipio o respondan a prioridades del país. Sí, es correcto que esté en correspondencia con las prioridades del municipio, pero ello se debe lograr mediante incentivos y no por decisiones administrativas discresionales. Pero además, ¿cuáles son las prioridades? Deben ser publicadas, las locales y nacionales. Sobre éstas últimas, mucho se habla de producción de alimentos como prioridad, ¿y qué se ha hecho para ello? 63 medidas con más de dos años sobre las cuáles no se hablan.
¿Representan esas medidas condiciones para nuevas mipymes?
A lo anterior se suma la prohibición a los TCP del comercio mayorista y a restringir esta actividad para las mipymes (y cna) que lo tengan como objeto social principal y mediante contrato con empresas estatales
La legislación está creando monopolios privados de comercio y amparando, de nuevo de forma administrativa, a las empresas estatales. Consecuencia: menos oferta y altos precios. ¿Es eso lo que se quiere?
Se mantienen aspectos como solo gestionar en cup (esto no aparecía en el DL46, pero si en resoluciones del Banco), precios que pueden ser centralizados (lo cual nunca debió estar) y financiamiento lícito. Y claro que una norma no puede dar luz verde a algo que no sea lícito, lo que sigue siendo increíble es que no se acabe de dar solución a un aspecto económico tan importante para todos los actores.
Hay algunos otros aspectos, pero solo señalo los que creo son más importantes, no obstante, en la ANPP se mencionaron medidas aún no legisladas: pago en divisa de aranceles y servicios portuarios, presentación de certifico de no adeudo de la ONAT y de la legitimidad de las fuentes. Más medidas administrativas, sin dar solución eficiente a las causas (muy importantes como el mercado cambiario, el respeto a la divisas en los bancos, etc.)
Aplausos por la RSE incluida en la norma y otras modificaciones necesarias.
El tiempo es un recurso irreversible, no tenemos todo el tiempo del mundo, se debe entender que lo administrativo y burocrático, tiene límites, y son los incentivos económicos los que funcionan, que todo no puede ser control y amenazas, es indispensable el fomento. Es necesaria una reforma integral de la economía cubana que, entre otros aspectos importantes, permita que el sistema empresarial funcione como un todo de forma competitiva y beneficie a toda la población

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