Por Manuel Viera ()
La Habana.- Ahora rechazan la apelación cubana en Londres porque Cuba adquirió obligaciones de pago que no cumplió. La rechazan también porque CRF adquirió la deuda de manera legítima. Nada de eso me sorprende.
Lo que de verdad me sorprende es que eso es lo que me enseñaron ellos a mí en la universidad: Una deuda contractualmente adquirida es una obligación que debe cumplirse conforme a los términos acordados.
También me enseñaron que la cesión de deuda es una figura completamente legítima.
Incluso recuerdo que me enseñaron que la cesión de deuda se practica de forma onerosa en todo el mundo cuando una deuda es difícil de cobrar y debe ser litigada en los tribunales.
El profesor de derecho económico dijo: «Hay compañías en el mundo que se dedican a comprar deudas a bajo precio para luego litigarlas en tribunales y cobrarlas».
¿Como pueden enseñar lo que no practican? ¡No sé que rayos apelaban entonces!