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Por Irán Capote
Pinar del Río.- Tengo que escribir cuando la corriente me lo permite. Si llega a las dos de la tarde, a las tres de la mañana o a las 12 de la noche, tengo que sentarme en la laptop y trabajar. De manera que no puedo dormir bien. Es imposible decir: duermo en la noche y escribo en la mañana. O viceversa.
El trastorno del sueño puede causar grandes daños al organismo de un ser humano. En el primero que se piensa es en la salud mental cuando no puede dormirse las horas que hay que dormir. Y podría dormir en apagón, pero con este calor y estos mosquitos, no hay manera. Claro, podría roncar como un tractor durante las horas en las que tengo corriente. Pero no puedo desaprovechar las horas con corriente en dormir, cuando gracias a mi trabajo en la computadora puedo al menos, malcomer.
O sea, que perfectamente mañana puedo perder la chaveta, se me pueden ir los pines, se puede ir la olla, me puedo quedar bien chiflado…
Y entonces,¿ quién me pagará los daños y perjuicios a mi persona si me enfermo? ¿A quién podría demandar yo?
¿Quién responde por la violación de mis derechos como humano y como ciudadano de este país de poder vivir de mi trabajo y tener una vida con dignidad, según dice la Constitución?
Si pusiera una queja en el Sindicato, si exigiera mi derecho a que se me respete una vida en la que pueda al menos, dormir las ocho horas que un ser humano debe dormir… ¿Qué podría hacer el Sindicato? ¿Qué podría hacer Ministerio de Salud o el Ministerio del Trabajo? Qué podría hacer el Ministerio de Justicia?
¿Quién podría hacer algo por nuestros más elementales derechos humanos?
Es muy de pi… queridos amiguitos.