Ronald Dworkin, el filósofo del Derecho

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José Walter Mondelo García ()
La Habana.- Hoy cumpliría 92 años Ronald Dworkin, brillante filósofo del Derecho que situó la dignidad humana en el centro de su sistema moral y de su pensamiento jurídico. Dworkin es ampliamente respetado como el filósofo del derecho más original y poderoso del mundo de habla inglesa. En sus libros, sus artículos y sus enseñanzas, en Londres y Nueva York, desarrolló una poderosa y académica exégesis de la ley y expuso temas de candente actualidad y preocupación pública, incluyendo cómo la ley debería abordar la raza, el aborto, la eutanasia y la igualdad, de maneras que fueran accesibles para los lectores no especializados. Sus argumentos jurídicos eran aplicaciones sutilmente presentadas a problemas específicos de una filosofía heredera de la Ilustración que, a su vez, se basaba en su creencia de que el derecho debe tomar su autoridad de lo que la gente corriente reconocería como virtud moral. Dworkin estudió filosofía (con Willard Van Orman Quine en la Universidad de Harvard e, informalmente, con J.L. Austin en la Universidad de Oxford) y derecho tanto en Oxford como en la Facultad de Derecho de Harvard. Trabajó como secretario del gran juez y jurista estadounidense Billings Learned Hand y como asociado practicante en el bufete de Sullivan & Cromwell, antes de enseñar derecho en las facultades de derecho de Yale y de la Universidad de Nueva York, así como en Oxford, y más tarde en el University College de Londres. Quizás el mayor logro de Dworkin fue su insistencia en una teoría del derecho basada en los derechos, expuesta en su más influyente libro, Taking Rights Seriously, con el que demolió la hegemonía del positivismo jurídico.
«Dentro de su propio campo, donde se encuentran el derecho y la filosofía, su reputación era insuperable y casi inigualable.» – Godfrey Hodgson
Sus libros fueron inmensamente influyentes, especialmente en las facultades de derecho de Estados Unidos. Publicó muchos artículos tanto en revistas de teoría y filosofía del derecho como en la New York Review of Books, donde hizo gala de su inmensa erudición y su capacidad argumentativa sobre disímiles cuestiones.
Aquí una muestra de su pensamiento.
“El Derecho es concebido por muchos como un oficio que consiste en que los abogados deben saber en qué libros se debe buscar para encontrar las respuestas a los problemas que les plantean sus clientes, y cuáles libros citarles a los jueces que están decidiendo el destino de sus clientes. Debe corregirse ese error al situar el Derecho en el contexto correcto, es decir, no solo en el contexto de las ciencias sociales, sino en el de las humanidades en general, reconociendo que la interpretación jurídica es por mucho un arte, valiéndose de todas las tradiciones de las humanidades, tal como sucede con la interpretación literaria, la histórica o la teológica”.
“Si logramos llevar una vida buena, haremos de nuestras vidas pequeños diamantes en las arenas del cosmos”.
«Vivimos en y por la ley. Nos convierte en lo que somos: ciudadanos y empleados y médicos y cónyuges y personas que poseen cosas. Es espada, escudo y amenaza: insistimos en nuestro salario, o nos negamos a pagar nuestra renta, o nos obligan a renunciar a penas, o nos encierran en la cárcel, todo en nombre de lo que nuestro soberano abstracto y etéreo, la ley. , ha decretado. Y discutimos sobre lo que ha decretado, aun cuando los libros que se supone deben registrar sus órdenes y direcciones están en silencio; actuamos entonces como si la ley hubiera murmurado su destino, demasiado bajo para ser oído con claridad. Somos súbditos del imperio de la ley, vasallos de sus métodos e ideales, unidos en espíritu mientras debatimos lo que debemos hacer.»
«Si hemos de ser moral y éticamente responsables, no puede haber vuelta atrás una vez que encontramos, como hemos encontrado, que algunas de las presuposiciones más básicas de estos valores están equivocadas. Jugar a ser Dios es, en efecto, jugar con fuego. Pero eso es lo que hemos hecho los mortales desde Prometeo, el santo patrón de los descubrimientos peligrosos. Jugamos con fuego y asumimos las consecuencias, porque la alternativa es la cobardía ante lo desconocido.»
La discrecionalidad, como el agujero en una rosquilla, no existe excepto como un área dejada abierta por un cinturón circundante de restricción. Es por tanto un concepto relativo. Siempre tiene sentido preguntar, «Discrecionalidad bajo qué estándares?» o «¿Discrecionalidad sobre cuál autoridad?»
“Si la cuestión de que se trate afecta a derechos personales o políticos fundamentales, y puede sostenerse que el Tribunal Supremo haya cometido un error, un hombre estará en su derecho social a negarse a aceptar que esa decisión sea concluyente”.

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